Viernes, 17 de julio, 2020

El 8 de enero, el Tribunal Penal Superior de Apelación confirmó las sentencias condenatorias y la pena de muerte de Hussain Ali Moosa Hussain Mohamed y Mohamed Ramadhan Issa Ali Hussain, impuestas en un juicio injusto basado fundamentalmente en la “confesión” de uno de los acusados, que se obtuvo bajo tortura


El 13 de julio de 2020, el Tribunal de Casación de Bahréin confirmó las condenas a muerte de Mohamed Ramadhan y Hussain Moosa, pese a existir pruebas de que ambos hombres habían sido torturados durante sus interrogatorios. El 22 de octubre de 2018, el mismo tribunal había anulado sus condenas a muerte, tras confirmarlas en 2015, y devuelto la causa al Tribunal de Apelación para que la estudiara una vez más al haberse presentado pruebas nuevas. La causa se remitirá ahora al rey de Bahréin, que tendrá la potestad de ratificar la pena, conmutarla o conceder un indulto.

Actúen: Redacten su propio llamamiento o utilicen esta carta modelo

Shaikh Hamad bin ‘Issa Al Khalifa

Rey de Bahréin / King of Bahrain

Office of His Majesty the King

P. O. Box 555

Rifa’a Palace, al-Manama, Bahréin

Fax: +973 1766 4587

Alteza:

El 8 de enero, el Tribunal Penal Superior de Apelación confirmó las sentencias condenatorias y la pena de muerte de Hussain Ali Moosa Hussain Mohamed y Mohamed Ramadhan Issa Ali Hussain, impuestas en un juicio injusto basado fundamentalmente en la “confesión” de uno de los acusados, que se obtuvo bajo tortura.

En 2014, Hussain Ali Moosa y Mohamed Ramadhan fueron declarados culpables y condenados a muerte por el homicidio de un agente de policía. El 16 de noviembre de 2015, el Tribunal de Casación confirmó las condenas a muerte de ambos hombres. Sin embargo, en 2018, la Unidad de Investigaciones Especiales presentó nuevas pruebas médicas que respaldaban las denuncias de los dos hombres, según las cuales habían sido torturados mientras se encontraban detenidos. En consecuencia, el Tribunal de Casación anuló las condenas a muerte a la espera de que un nuevo grupo de jueces del Tribunal Penal Superior de Apelación estudiara de nuevo la causa. Pese a las nuevas pruebas, dicho tribunal volvió a confirmar las sentencias condenatorias de ambos hombres en enero de 2020.

El 14 de julio de 2020, el portavoz de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos expresó su honda preocupación por el hecho de que el máximo tribunal de Bahréin hubiese confirmado la pena de muerte impuesta a ambos hombres, e instó a las autoridades a detener de inmediato cualquier plan de ejecutarlos.

Instamos a Su Majestad a que no ratifique las condenas a muerte impuestas a estos dos hombres y garantice que no son ejecutados. También lo instamos a que ordene una investigación independiente e imparcial sobre su presunta tortura, con vistas a poner a los responsables a disposición judicial. Por último, lo instamos a anular sus declaraciones de culpabilidad y sentencias condenatorias, impuestas tras un juicio injusto y basadas en información obtenida bajo tortura. Reconocemos el deber de las autoridades de prevenir la comisión de delitos y poner a quienes los cometan a disposición judicial, pero insistimos en que deben hacerlo de acuerdo con las obligaciones internacionales contraídas por Bahréin en materia de derechos humanos, y lo instamos a conmutar por penas de prisión todas las condenas a muerte y a establecer inmediatamente una moratoria oficial de las ejecuciones con miras a abolir la pena capital.

Atentamente
[NOMBRE]

Información complementaria

Las fuerzas de seguridad detuvieron a Hussain Ali Moosa, empleado de un hotel, el 21 de febrero de 2014. Por su parte, Mohamed Ramadhan Issa Ali Hussain fue detenido el día 18 del mismo mes en el aeropuerto internacional de Bahréin, donde trabajaba como miembro del personal de seguridad. Tras ser detenidos, ambos fueron llevados al Departamento de Criminalística, donde afirman que fueron torturados durante su interrogatorio. Mohamed Ramadhan se negó a firmar ninguna confesión, pero Hussain Ali Moosa dijo que lo habían obligado a confesar el asesinato de un policía y a incriminar a Mohamed, tras haberlo tenido colgado de las extremidades y haberlo golpeado durante varios días. Posteriormente, su “confesión” se utilizó como principal prueba de cargo en el juicio en el que los dos hombres fueron declarados culpables. En la actualidad, ambos se encuentran recluidos en la prisión de Yaw, situada en el sur de la capital bahreiní, Manama.

El 29 de diciembre de 2014, un tribunal penal condenó a muerte a Mohamed Ramadhan y a Hussain Ali Moosa por la muerte de un policía, que perdió la vida en un atentado con bomba en la localidad de Al Deir, al noroeste de Manama, el 14 de febrero de 2014. El Tribunal Penal Superior de Apelación confirmó la sentencia y las condenas a muerte el 30 de marzo de 2015, y el Tribunal de Casación las ratificó el 16 de noviembre de 2015.

Pese a haber recibido denuncias de tortura de la esposa de Mohamed Ramadhan y de una ONG con sede en Estados Unidos en 2014, la Oficina del Defensor del Pueblo estuvo dos años sin investigarlas. En abril 2016 informó erróneamente al gobierno británico de que no había recibido “ninguna denuncia de maltrato o tortura” en relación con Mohamed Ramadhan. Debido a la presión internacional, en julio de 2016 el Defensor del Pueblo dijo al gobierno de Reino Unido que se había comprometido a llevar a cabo una “investigación completa e independiente”, tras lo cual entrevistó a la esposa y el abogado de Mohamed Ramadhan.

El 28 de marzo de 2018, la Fiscalía confirmó que había recibido un memorando en relación con la investigación de la Unidad de Investigaciones Especiales sobre las denuncias de tortura de Mohamed Ramadhan y Hussain Ali Moosa. Siguiendo las recomendaciones de la Unidad, la causa se remitió al ministro de Justicia, que a primeros de mayo de 2018 envió al Tribunal de Casación una petición para que volviera a considerar la sentencia. La Unidad afirmó haber descubierto informes médicos del Ministerio del Interior que respaldaban las denuncias de tortura bajo custodia de ambos hombres. Dichos informes no habían estado disponibles durante el juicio. El 22 de octubre de 2018, el Tribunal de Casación suspendió las condenas a muerte de ambos hombres en base a las nuevas pruebas y ordenó que un grupo nuevo grupo de jueces del Tribunal Penal Superior de Apelación reexaminara la causa.

El 25 de diciembre, las autoridades penitenciarias de Yaw pidieron la comparecencia de Hussain Ali Moosa y Mohamed Ramadhan ante el Tribunal Superior Penal para que éste dictara sentencia en su caso. Poco después, se informó a ambos hombres de que ya no comparecerían ante el tribunal, pero no se les indicó el motivo. En el tribunal, en presencia de los representantes de Reino Unido, Francia y Alemania, el juez decidió no dictar sentencia, dada la ausencia de los acusados. El 8 de enero de 2020, la declaración de culpabilidad y la condena a muerte de ambos hombres fueron confirmadas una vez más.

Bahréin es Estado Parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconoce el derecho a la vida y el derecho a un juicio justo, lo que incluye el derecho de la persona detenida a no ser obligada a declarar contra sí misma ni a declararse culpable. El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha manifestado que “la imposición de la pena capital al término de un juicio en que no se hayan respetado las disposiciones del artículo 14 del Pacto [Internacional de Derechos Civiles y Políticos] constituye una violación del derecho a la vida (artículo 6 del Pacto)”. En su informe de 2012, el relator especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias reiteró que “[e]s arbitrario imponer la pena de muerte cuando las actuaciones no respetan las normas más estrictas relativas a un juicio imparcial”. En virtud del derecho internacional, las declaraciones obtenidas por medio de tortura, malos tratos u otras formas de coacción no deben admitirse en los procedimientos penales, excepto cuando se presenten contra los presuntos autores de tales abusos (como prueba de que se hizo la declaración).

Pueden escribir llamamientos en: Árabe o inglés

También pueden escribir en su propio idioma.

Envíen llamamientos lo antes posible y no más tarde del: 27 de agosto de 2020

Consulten con la oficina de Amnistía Internacional de su país si desean enviar llamamientos después de la fecha indicada.

Nombre y género gramatical preferido: Mohamed Ramadhan Issa Ali Hussain (masculino) y Hussain Ali Moosa Hussain Mohamed (masculino)

Enlace a la AU anterior: https://www.amnesty.org/es/documents/mde11/1642/2020/es/