Viernes, 29 de mayo, 2020

Jehad y Ebrahim habían sido detenidos el 23 de julio de 2012, durante una protesta contra el gobierno celebrada en Bilad al Qadeem, al oeste de Manama. En ese momento eran menores de edad. No les permitieron hablar con sus familias ni ponerse en contacto con abogados hasta casi 48 horas después de la detención, y no hubo ningún letrado presente durante su interrogatorio


El 23 de mayo de 2020, Ebrahim Ahmed Radi al-Moqdad salió en libertad de la prisión de Yaw. Jehad Sadeq Aziz Salman, quien había sido acusado junto con él en la misma causa, quedó en libertad del 18 de marzo de 2020. Tenían 15 y 16 años, respectivamente, en el momento de su detención, el 23 de julio de 2012. Fueron declarados culpables y condenados a 10 años de prisión en un juicio injusto.

No se requiere ninguna otra acción. Muchas gracias a todas las personas que enviaron llamamientos.

Ebrahim Ahmed Radi al-Moqdad salió en libertad de la prisión de Yaw el 23 de mayo de 2020, al día siguiente de haber dictado el rey de Bahréin un decreto por el que se indultaba con ocasión de la festividad de Eid al Fitr a 154 presos que habían cumplido ya la mayor parte de sus condenas. Previamente, el 18 de marzo de 2020, había quedado también en libertad Jehad Sadeq Aziz Salman, en el marco de la excarcelación de 1.486 presos debido a la amenaza mundial de la COVID-19. De todos estos, 901 se beneficiaron de un indulto real concedido por “razones humanitarias”, mientras a 585, entre ellos Jehad, les impusieron penas no privativas de libertad.

Jehad y Ebrahim habían sido detenidos el 23 de julio de 2012, durante una protesta contra el gobierno celebrada en Bilad al Qadeem, al oeste de Manama. En ese momento eran menores de edad. No les permitieron hablar con sus familias ni ponerse en contacto con abogados hasta casi 48 horas después de la detención, y no hubo ningún letrado presente durante su interrogatorio. Fueron juzgados ante el Tribunal Penal Superior de Manama junto con cuatro adultos. El 4 de abril de 2013, el tribunal impuso a ambos sendas penas de 10 años de prisión y condenó a los hombres juzgados junto con ellos a entre 10 y 15 años de cárcel. Se les aplicó el Código Penal y la ley antiterrorista de 2006 de Bahréin y fueron declarados culpables de “intentar asesinar a policías”, “quemar neumáticos en una carretera principal, “utilizar la fuerza contra dos policías”, “quemar un vehículo policial”, participar en una “concentración ilegal” con el fin de “cometer delitos y menoscabar la seguridad pública” y estar en “posesión de cócteles molotov”. Según uno de los abogados de los menores, su sentencia condenatoria se basó en “confesiones” que ellos aseguraban que les habían obligado a firmar sin la presencia de un abogado ni de familiares y de las que se retractaron durante el juicio. El 29 de septiembre de 2013, el Tribunal Penal Superior de Apelación confirmo sus condenas, que fueron ratificadas posteriormente por el Tribunal de Casación.

Durante esos años, la membresía de Amnistía Internacional organizó acciones de solidaridad con Jehad y Ebrahim, y, aunque no recibieron las cartas en la prisión, tanto ellos como sus familias supieron que se estaban llevando a cabo tales acciones en su favor.

Nombre y género gramatical preferido: Jehad Sadeq Aziz Salman (masculino) y Ebrahim Ahmed Radi al-Moqdad (masculino)

6ª y última actualización de la AU: 236/12

Enlace a la AU anterior: https://www.amnesty.org/es/documents/mde11/046/2013/es/