Lunes, 27 de enero, 2020

Houshmand Alipour y Mohammad Ostadghader fueron detenidos por las fuerzas de seguridad el 3 de agosto de 2018 cerca de Saqqez, provincia de Kurdistán, por su presunta participación en un ataque armado contra una base militar de esa ciudad, algo que ellos negaron


Houshmand Alipour, miembro de la minoría kurda de Irán, corre riesgo de ejecución tras haber sido condenado a muerte, el 29 de diciembre de 2019, en un juicio injusto. Mohammad Ostadghader, también kurdo iraní, fue condenado a 11 años de prisión en el mismo juicio. Se negó a ambos el acceso a abogados de su elección, y afirman que los obligaron a hacer “confesiones” por medio de tortura y otros malos tratos.

Actúen: Redacten su propio llamamiento o utilicen la siguiente carta modelo

 

Presidente de la Magistratura / Head of the Judiciary
Ebrahim Raisi
c/o Permanent Mission of Iran to the UN

Chemin du Petit-Saconnex 28

1209 Geneva

Suiza

Señor Raisi:

Houshmand Alipour, miembro de la minoría kurda de Irán, fue condenado a muerte el 29 de diciembre de 2019 en un juicio injusto, en el que el tribunal se basó en una “confesión” falsa, obtenida según él por medio de tortura y otros malos tratos, para declararlo culpable. Fue juzgado ante la Sección 1 del Tribunal Revolucionario en Sanandaj, provincia de Kurdistán, y declarado culpable derebelión armada contra el Estado” (baghi). También lo declararon culpable de varios cargos más, entre ellos “difusión de propaganda contra el sistema” y “pertenencia a un grupo con el fin de alterar la seguridad nacional”, por los que fue condenado a un total de 16 años de prisión. Mohammad Ostadghader, juzgado junto con él, fue condenado a 11 años de prisión por múltiples cargos, entre ellos “difusión de propaganda contra el sistema”. De acuerdo con el Código Penal Islámico de Irán, tendrá que cumplir cinco años de condena.

Houshmand Alipour y Mohammad Ostadghader fueron detenidos por las fuerzas de seguridad el 3 de agosto de 2018 cerca de Saqqez, provincia de Kurdistán, por su presunta participación en un ataque armado contra una base militar de esa ciudad, algo que ellos negaron. Cuatro días después de su detención, el 7 de agosto, la agencia estatal de noticias iraní Radiotelevisión de la República Islámica de Irán emitió un vídeo propagandístico en el que aparecían ambos “confesando” el ataque, con lo que se menoscabó su derecho a no ser obligados a declarar contra sí mismos, a la presunción de inocencia y a no sufrir trato degradante. Houshmand Alipour ha dicho que los dos fueron torturados durante sus interrogatorios —en los que no tuvieron acceso a un abogado— para obligarlos a hacer “confesiones”. Explicó a su familia que había hecho la “confesión” únicamente para que dejaran de torturarlo. Desde su detención sólo se le ha permitido recibir una visita de su familia. A ambos hombres se les negó el acceso a abogados de su elección, y no pudieron comunicarse con uno de oficio hasta después del 31 de agosto de 2018, cuando los trasladaron de un centro de detención de Baneh, provincia de Kurdistán, a uno de Sanandaj. Posteriormente los llevaron a la prisión central de Sanandaj. Su abogado ha presentado un recurso de apelación contra las sentencias y las condenas ante el Tribunal Supremo.

Lo insto a anular las sentencias condenatorias y las condenas de Abdullah Karmollah Chab y Ghassem Abdullah y a dejarlos en libertad si no hay pruebas suficientes —no obtenidas por medio de tortura y otros malos tratos— para acusarlos de ningún delito común reconocible.

 Además, lo insto a que les garantice un juicio justo y en el que no se recurra a la pena de muerte.

Lo insto a permitirles el acceso constante a sus familias y abogados. Lo insto también a garantizar que están protegidos contra la tortura y otros malos tratos, a ordenar una investigación independiente e imparcial sobre sus denuncias de tortura y a poner a los responsables a disposición judicial.

Lo insto a anular las sentencias condenatorias y las condenas de Abdullah Karmollah Chab y Ghassem Abdullah y a dejarlos en libertad si no hay pruebas suficientes —no obtenidas por medio de tortura y otros malos tratos— para acusarlos de ningún delito común reconocible.

Además, lo insto a que les garantice un juicio justo y en el que no se recurra a la pena de muerte.

Lo insto a permitirles el acceso constante a sus familias y abogados. Lo insto también a garantizar que están protegidos contra la tortura y otros malos tratos, a ordenar una investigación independiente e imparcial sobre sus denuncias de tortura y a poner a los responsables a disposición judicial.

Lo insto a anular las sentencias y las condenas de Houshmand Alipour y Mohammad Ostadghader y a concederles un nuevo juicio, que cumpla las normas internacionales sobre juicios justos y en el que no se recurra a la pena de muerte. Lo insto a proporcionarles acceso a sus familias y a abogados de su elección, así como a garantizar que están protegidos contra la tortura y otros malos tratos. Le pido que deje de permitir que se presenten como prueba en los tribunales “confesiones” obtenidas por medio de tortura y otros malos tratos, que garantice que se pone fin a la emisión de “confesiones” forzadas y que establezca de inmediato una suspensión oficial de las ejecuciones con miras a abolir la pena de muerte.

Atentamente,


[NOMBRE]

 

Información complementaria

El cuatro de agosto de 2018, cuatro días después de la detención de Houshmand Alipour y Mohammad Ostadghader, el Ministerio de Inteligencia afirmó que había detenido a unos miembros de grupos “separatistas y takfiríes” que habían atacado una base de las fuerzas de seguridad en Saqqez. El 9 de agosto de 2018, el Partido de la Libertad del Kurdistán (PAK), grupo kurdo de oposición radicado en la región del Kurdistán de Irak y que ha realizado acciones armadas contra Irán, emitió una declaración en la que se responsabilizaba del ataque. Dijo que los dos hombres habían sido detenidos cuando acudieron a rescatar a miembros del PAK heridos en el ataque. La familia de Houshmand Alipour ha declarado que ambos son miembros del PAK, pero que no participan en actividades armadas contra el Estado en Irán ni entraron en el país para realizar actividades políticas como promover el PAK entre la población kurda iraní. Además de la condena a muerte por “rebelión armada contra el Estado”, a Houshmand Alipour le han impuesto un año de prisión por “difusión de propaganda contra el sistema”, otros 5 por “pertenencia a un grupo con el fin de alterar la seguridad pública” y 10 más por “llevar armas”. Mohammad Ostadghader ha sido condenado a un año de prisión por “difusión de propaganda contra el sistema”, otros 5 por “pertenencia a un grupo con el fin de alterar la seguridad pública” y 5 más por “llevar armas”. Según el artículo 134 del Código Penal Islámico, las personas declaradas culpables de tres o más delitos deben cumplir sólo la condena más severa.

Las autoridades iraníes llevan años emitiendo por la televisión pública vídeos de “confesiones” con el fin de justificar sus acciones y granjearse el apoyo público. Las “confesiones” forzadas y los vídeos se hacen cuando las personas detenidas son más vulnerables, a menudo inmediatamente después de su detención, cuando están recluidas en régimen de incomunicación y son sometidas a interrogatorios por medio de tortura y otros malos tratos. Estos vídeos ilustran a qué extremos llegan los servicios de inteligencia y las fuerzas de seguridad de Irán para violar el derecho de las personas detenidas a guardar silencio durante el interrogatorio y en el juicio, a beneficiarse de la presunción de inocencia, a no ser obligadas a declarar contra sí mismas y a no sufrir trato degradante. Las investigaciones de Amnistía Internacional han revelado que la Radiotelevisión de la República Islámica de Irán y otros medios de comunicación controlados por el Estado trabajan en estrecha colaboración con agentes de los servicios de inteligencia y las fuerzas de seguridad y han participado en la producción y distribución de vídeos de “confesiones”, por lo que son también responsables de las violaciones de derechos humanos cometidas contra las personas que aparecen en sus producciones.

En los tribunales se han utilizado “confesiones” forzadas emitidas por la televisión pública iraní como prueba para declarar culpables a personas que luego han sido ejecutadas. El ejemplo más reciente de ello se produjo el 8 de septiembre de 2018, cuando los primos Zaniar Moradi y Loghman Moradi, de la minoría kurda de Irán, fueron ejecutados en la prisión de Raja’i Shahr de la ciudad de Karaj, situada al noroeste de Teherán. Zaniar Moradi y Loghman Moradi habían sido detenidos por agentes del Ministerio de Inteligencia el 1 de agosto de 2009 y el 17 de octubre de 2009, respectivamente, en la ciudad de Marivan, provincia de Kurdistán, y fueron acusados del asesinato del hijo de un destacado clérigo, cometido el 4 de julio de 2009. El Ministerio de Inteligencia los mantuvo recluidos en régimen de incomunicación, sin acceso a sus familias ni a abogados, durante los nueve primeros meses. Según dijeron, en ese tiempo los obligaron a “confesar” el asesinato ante una cámara de vídeo después de haber sido torturados. Sus “confesiones” se emitieron por televisión posteriormente, en noviembre de 2010. En diciembre de 2010, tras un juicio que duró sólo 20 minutos, la Sección 15 del Tribunal Revolucionario de Teherán los declaró culpables de “enemistad con Dios” (moharebeh) y asesinato. Su abogado sostuvo que la única prueba que había contra ellos eran sus “confesiones” forzadas. Ambos habían negado reiteradamente las acusaciones vertidas contra ellos y se habían declarado inocentes.

Emitir “confesiones” forzadas, obtenidas por medio de tortura, constituye una negación de la dignidad humana de las personas detenidas y una violación grave de sus derechos. Según el artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), Irán está obligado jurídicamente a respetar y proteger el derecho de las personas acusadas a la presunción de inocencia y a no ser obligadas a declarar contra sí mismas. De acuerdo con el artículo 7 del PIDCP, así como con las normas del derecho internacional consuetudinario, Irán está obligado a respetar y proteger el derecho de las personas acusadas a no sufrir tortura ni otros o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos sin excepción, independientemente de la naturaleza del delito, de las características del delincuente o del sistema de ejecución utilizado por el Estado. La organización considera la pena de muerte una violación del derecho a la vida y el exponente máximo de pena cruel, inhumana y degradante.

Pueden escribir llamamientos en: Persa, inglés

También pueden escribir en su propio idioma.

Envíen llamamientos lo antes posible y no más tarde del: 5 de marzo de 2020

Consulten con la oficina de Amnistía en su país si van a enviar llamamientos después de la fecha límite.

Nombre y género gramatical preferido: Houshmand Alipour (masculino); Mohammad Ostadghader (masculino)

Enlace a la AU anterior: https://www.amnesty.org/download/Documents/MDE1390542018SPANISH.pdf