Viernes, 07 de junio, 2019
Ahora hay que dar a todas las personas relacionadas con el sistema de justicia penal indicaciones claras sobre cómo debe implementarse esta modificación de la legislación para que a las supervivientes les resulte más fácil conseguir justicia
En respuesta a la decisión —tomada hoy por el gobierno griego en el último momento— de reformar el Código Penal para reconocer en la legislación que las relaciones sexuales sin consentimiento constituyen violación, Eirini Gaitanou, responsable de campañas de Amnistía Internacional Grecia, ha manifestado:
“Es una victoria histórica, no sólo para las activistas que tan duramente y durante tanto tiempo han luchado para que llegara este día, sino también para todas las mujeres de Grecia. Esta ley recién reformada reconoce por fin una verdad bien sencilla —que las relaciones sexuales sin consentimiento constituyen violación— y deja claro que no es necesario que haya habido violencia física para que el delito sea considerado violación.”
Ahora hay que dar a todas las personas relacionadas con el sistema de justicia penal indicaciones claras sobre cómo debe implementarse esta modificación de la legislación para que a las supervivientes les resulte más fácil conseguir justicia.
“Sorprendentemente, Grecia será sólo el noveno país de Europa que reconoce que las relaciones sexuales sin consentimiento constituyen violación. No obstante, el hecho de que el gobierno haya dado hoy marcha atrás en el último momento demuestra que el cambio es posible y debe ser motivo de esperanza para quienes hacen campaña en favor de la legislación basada en el consentimiento dondequiera que estén.”
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
El anteproyecto de la ley reformada hoy no sólo no reconocía la evidencia de que las relaciones sexuales sin consentimiento constituyen violación, sino que también restringía aún más la actual definición jurídica de la violación, que hace necesario que haya habido violencia física.
De acuerdo con el Convenio de Estambul, ratificado por Grecia hace casi exactamente un año, el 18 de junio de 2018, la violación y todos los demás actos de naturaleza sexual no consentidos deben ser tipificados como delito.
Dar por sentado en la legislación o en la práctica que la víctima ha dado su consentimiento si no ha opuesto resistencia física resulta sumamente problemático, porque especialistas en la materia reconocen que la “parálisis involuntaria” o “bloqueo” es una respuesta fisiológica y psicológica habitual a la agresión sexual.
Esta insistencia en la resistencia y la violencia en vez de en el consentimiento afecta no sólo a las denuncias de violación, sino también a la sensibilización en general sobre la violencia sexual, aspectos ambos que son esenciales para prevenir las violaciones y abordar la impunidad.
Cambiar la legislación no será suficiente para erradicar la violación, pero es una medida esencial para lograr este fin, porque hace posible que se haga justicia e influye en las actitudes sobre lo que es violación.
El gobierno griego ha realizado recientemente una consulta pública sobre la definición jurídica de la violación. Amnistía Internacional aportó un análisis e hizo un llamamiento al gobierno griego para que se reformara el artículo 336 con el fin de garantizar que la violación estuviera basada en la ausencia de consentimiento.