Jueves, 03 de abril, 2025

La Ley de Asistencia Asequible (ACA) es una norma jurídica de Estados Unidos concebida para que la atención de la salud sea más asequible y accesible al proporcionar opciones de seguro de salud a través de mercados, de ampliar Medicaid e impedir que se niegue la cobertura a las personas aseguradas sobre la base de condiciones preexistentes


Una regla propuesta por las autoridades sanitarias de Estados Unidos excluiría a las personas beneficiarias de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), también conocidas como “Dreamers” o “soñadores/as” (personas migrantes en situación irregular que llegaron a Estados Unidos en su infancia y están protegidas frente a la deportación), de la posibilidad de acceder a seguro de salud a través de los planes de seguro de la Ley de Asistencia Asequible. También excluiría la atención de afirmación de género de una lista de prestaciones de atención de la salud esenciales, por lo que las aseguradoras ya no estarían obligadas a cubrirla. Esto podría impedir que las personas transgénero recibieran atención médica necesaria. Estas propuestas son medidas intrínsecamente discriminatorias y regresivas que menoscaban gravemente el derecho a la salud. Exigimos que las autoridades rechacen con carácter inmediato esta propuesta de regla. 

 

ACTÚEN: REDACTEN SU PROPIO LLAMAMIENTO O UTILICEN LA SIGUIENTE CARTA MODELO

(SE LOGRA UN MAYOR IMPACTO SI UTILIZAN SUS PROPIAS PALABRAS EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE)

 

Sitio web de comentarios públicos del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos 

Sitio web: https://bit.ly/comment4rightsHHS

 

Me opongo firmemente a la regla que acabaría con la posibilidad de que las personas beneficiarias de la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA) accedan a un seguro de salud asequible y excluiría la atención de afirmación de género de una lista de prestaciones de salud esenciales, por lo que las aseguradoras ya no estarían obligadas a cubrirla. Esta regla menoscaba el derecho humano a la salud y perjudica de forma desproporcionada a comunidades ya marginadas.

Las personas beneficiarias de la DACA viven en Estados Unidos desde su infancia, han construido su vida en Estados Unidos y contribuyen a la sociedad como estudiantes, trabajadores y trabajadoras y personas que pagan impuestos. Negarles el acceso a atención de la salud asequible aumenta las dificultades económicas y médicas.

Asimismo, la exclusión de la atención de afirmación de género de una lista de prestaciones de salud esenciales pone en peligro directamente la salud y el bienestar de las personas transgénero, que ya encuentran barreras para acceder a atención de la salud general y específica para personas trans. Destacadas organizaciones médicas, como la Asociación Estadounidense de Médicos y la Organización Mundial de la Salud, reconocen que la atención de afirmación de género es médicamente necesaria. Eliminar la cobertura podría aumentar las tasas de afecciones de salud física y mental y ampliar las desigualdades existentes en materia de salud.

Estados Unidos ha firmado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), y por tanto tiene la obligación de atenerse al objeto y el fin del tratado. El artículo 12 del PIDESC exige que los Estados garanticen el acceso a atención de la salud aceptable, asequible y de calidad sin discriminación, especialmente para los más marginados. Esta propuesta de regla daría rango de ley a prácticas discriminatorias, constituiría una media regresiva y menoscabaría gravemente el derecho a la salud frustrando el objeto y el fin del tratado.

Insto al Departamento de Salud y Servicios Humanos a rechazar esta regla nociva. Por el contrario, Estados Unidos necesita políticas que aseguren el acceso equitativo a atención de la salud para todas las personas, incluidas las beneficiarias de la DACA y las personas transgénero. Proteger el derecho a la salud de todas las personas no es sólo un imperativo moral sino también una obligación en virtud las normas internacionales de derechos humanos.

Atentamente,

 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

La Ley de Asistencia Asequible (ACA) es una norma jurídica de Estados Unidos concebida para que la atención de la salud sea más asequible y accesible al proporcionar opciones de seguro de salud a través de mercados, de ampliar Medicaid e impedir que se niegue la cobertura a las personas aseguradas sobre la base de condiciones preexistentes. Su objetivo es reducir el número de personas sin seguro y mejorar la calidad de la atención de la salud. Medicaid es un programa del gobierno de Estados Unidos que proporciona cobertura de salud gratuita o de bajo costo a personas y familias de bajos ingresos, incluidas personas con discapacidad, personas de edad avanzada y niños y niñas.

La regla propuesta, titulada “Ley de Asistencia Asequible y Protección al Paciente; Integridad y Asequibilidad del Mercado”, publicada el 19 de marzo de 2025, incluye disposiciones que podrían tener importantes repercusiones para las personas transgénero. La regla prohibiría que los estados exijan que los planes de seguro de salud cubran la atención de afirmación de género —como la terapia de terapia de sustitución hormonal, las cirugías de afirmación de género y los tratamientos relacionados— como prestaciones de salud esenciales, a partir de 2026. ​Con la eliminación de la atención de afirmación de género de la lista de prestaciones de salud esenciales, las aseguradoras no tendrían ya la obligación de cubrir estos tratamientos. Si bien los planes de salud podrían seguir optando por ofrecer voluntariamente esa cobertura, se clasificaría como prestación de salud no esencial. Esta reclasificación supone que no se aplicarían a las prestaciones de salud esenciales los límites de reparto de costos, lo que podría dar lugar a un aumento de los pagos directos para las personas transgénero que aspiren a estos servicios. 

Este cambio podría dar lugar a la reducción del acceso a tratamientos médicamente necesarios para las personas transgénero y las personas no binarias que dependen de los planes de seguro de la ACA. Impedir el acceso a atención médicamente necesaria va en contra del derecho a la salud, que incluye el acceso a los servicios sin discriminación. En virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), que Estados Unidos ha firmado pero no ratificado, los Estados deben garantizar que la atención de la salud sea accesible para todas las personas, sin parcialidad por razón de su identidad de género. Los Estados signatarios, como Estados Unidos, deben abstenerse de cometer actos que frustren el objeto y el fin de los tratados que han firmado. 

Actualmente, las personas beneficiarias de la DACA, también conocidas como “Dreamers” (Soñadores/as), pueden acceder a atención de la salud asequible a través del Mercado de la ACA (“ACA Marketplace”). El Mercado de la ACA es una plataforma online en la que personas y familias pueden buscar, comparar y adquirir planes de seguro de salud, en muchos casos con subvenciones en función de los ingresos para que la cobertura sea más asequible. De aplicarse esta regla, las personas beneficiarias de la DACA quedarían excluidas de estos programas, lo que dificultaría su acceso al seguro que necesitan. Sin la cobertura de la Ley de Asistencia Asequible, muchas personas beneficiarias de la DACA podrían verse obligadas a recurrir a opciones más caras o a quedarse totalmente sin cobertura de salud.

Las personas beneficiarias de la DACA llegaron a Estados Unidos en su infancia y viven en el país desde hace más de un decenio, están inscritas en centros escolares o han terminado estudios secundarios y han construido su vida en Estados Unidos. La pérdida de acceso a seguro de salud asequible podría dar lugar a peores resultados sanitarios, sobre todo en el caso de quienes ya luchan contra dolencias crónicas o necesitan atención médica permanente. La exclusión de las personas beneficiarias de la DACA agudiza las desigualdades existentes en el sistema de atención de la salud. 

El derecho internacional de los derechos humanos prohíbe la discriminación por nacionalidad de origen o condición de inmigrante. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU ha hecho hincapié en que todas las personas que se encuentren dentro de la jurisdicción de un país —cualquiera que sea su situación jurídica— tienen derecho a servicios de atención de la salud esenciales.

El periodo de consulta pública para esta propuesta de regla está abierto hasta el 11 de abril de 2025. Se anima a personas y organizaciones a presentar sus comentarios y expresar cualquier motivo de preocupación en relación con los posibles efectos de la regla sobre acceso a atención de la salud para personas transgénero y beneficiarias de la DACA.

PUEDEN ESCRIBIR LLAMAMIENTOS EN: Inglés. 

También pueden escribir en su propio idioma.

ENVÍEN LLAMAMIENTOS LO ANTES POSIBLE Y NO MÁS TARDE DEL: 11 de abril de 2025 

NOMBRE Y GÉNERO GRAMATICAL PREFERIDO: personas transgénero (diversos géneros gramaticales)

ENLACE A LA AU ANTERIOR: No procede