Martes, 05 de junio, 2018
Proyecto, LGBTI
La sentencia es una victoria para los defensores de los derechos de las personas LGBTI frente a los gobiernos más conservadores del continente europeo. El caso tiene su origen en una denuncia presentada por el rumano Adrian Coman y su esposo, el estadounidense Claibourn Hamilton.
Los matrimonios entre parejas homosexuales tendrán los mismos derechos de residencia en la Unión Europea que los matrimonios entre parejas heterosexuales, incluso en los países donde este tipo de uniones no sean legales. Así lo ha dictaminado este martes el Tribunal de Justicia de la UE. La decisión de los magistrados permitirá a las parejas gais en las que uno de los cónyuges es de algún país fuera de la UE, mudarse a otro país europeo sin restricciones, como ya pueden hacer los matrimonios entre hombre y mujer. "Aunque los Estados miembros tienen libertad para autorizar o no el matrimonio homosexual, no pueden obstaculizar la libertad de residencia de un ciudadano de la Unión denegando a su cónyuge del mismo sexo, extracomunitario, la concesión un derecho de residencia", ha concluido la Corte.
La pareja denunció ante los tribunales lo que estimaron una discriminación frente a los matrimonios heterosexuales al no disfrutar del mismo derecho a la libre circulación en la UE. Aunque finalmente decidieron irse a vivir a Nueva York, mantuvieron el proceso judicial abierto para que otros en su situación no tuvieran que enfrentarse a la misma negativa en el futuro. "Teníamos que acabar con esto ahora. No solo por nosotros, sino por otros que no disponen de nuestros recursos", afirmó Coman en una entrevista concedida al diario "El País" de España.
Esa insistencia ha tenido réditos cinco años después. En 2016, el Tribunal Constitucional rumano remitió el asunto a los jueces comunitarios, que hoy se han pronunciado a su favor dejando claro que, a efectos legales, el término cónyuge también incluye a los del mismo sexo. Ambos han recibido la noticia este martes en Bucarest, donde se trasladaron para seguir el desenlace del caso y dirigirse a los medios de comunicación. "Por fin somos una familia. Estaba nervioso pero optimista. ¡Vivimos en 2018!", ha afirmado Coman a este diario minutos después de la sentencia, de cuya resolución se ha enterado a través de Twitter.
El fallo es un varapalo para Rumanía. Pero también afecta a todos aquellos países que pertenecen a la comunidad europea en los que el matrimonio homosexual no es legal. Durante la audiencia en la Corte de Luxemburgo, Hungría, Polonia, Letonia y la propia Rumanía defendieron que es competencia de los Estados decidir al respecto. Los jueces no han avalado esa tesis. A partir de ahora, si un ciudadano europeo se casa con alguien de fuera de la UE, tiene derecho a que su pareja se mude con él o ella a cualquiera de los Veintiocho Estados miembros, independientemente de que la ley del país reconozca o no el matrimonio homosexual.
La decisión aumenta también la brecha que separa a Bruselas de determinados países del Centro y el Este, recelosos de que la UE intervenga en asuntos que consideran de índole doméstica. 22 de los 28 estados de la UE contemplan el matrimonio homosexual o alguna forma de unión civil de este tipo en sus leyes. Solo Eslovaquia, Letonia, Lituania, Rumanía, Bulgaria y Polonia lo prohíben o no lo aceptan.
Fuente: Elpaís.com
Foto: Claibourn Hamilton y Adrian Coman