Jueves, 14 de julio, 2016
Yaridbell Licón

Si bien es cierto que la economía de un país depende de recursos propios y diversos trabajos, parece ser que muchas veces –y sobre todo en países en desarrollo, a diferencia de en los países altamente desarrollados –el recurso principal se centra en la minería. La extracción y comercialización de materias primas como la bauxita, cobre, diamante u oro, se lleva a cabo frecuentemente sin un estudio adecuado de la zona, lo que se traduce en daños profundos. Frecuentemente prima la visión a corto plazo a la búsqueda de divisas, que compromete el futuro incluso cercano, puesto que destruye medios de subsistencia y otros recursos económicos.


Si bien es cierto que la economía de un país depende de recursos propios y diversos trabajos, parece ser que muchas veces –y sobre todo en países en desarrollo, a diferencia de en los países altamente desarrollados –el recurso principal se centra en la minería. La extracción y comercialización de materias primas como la bauxita, cobre, diamante u oro, se lleva a cabo frecuentemente sin un estudio adecuado de la zona, lo que se traduce en daños profundos. Frecuentemente prima la visión a corto plazo a la búsqueda de divisas, que compromete el futuro incluso cercano, puesto que destruye medios de subsistencia y otros recursos económicos.

Este parece ser el caso de la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco (AMO). Se trata de una extensión de terreno de aproximadamente 112 mil Km2 (12,2% del territorio nacional, el equivalente al tamaño de toda Honduras y mucho más grande que Portugal o Panamá) ubicada al margen sur del mencionado río, cedida a grandes trasnacionales para su explotación. La ingeniera Yezenia Frontado, activista de la organización no gubernamental VITALIS, señala que en este caso en particular “no existe evidencia de la realización de estudios de impacto ambiental o sociocultural en la zona”.

Un respiro para la economía que podría salir muy caro

La directora de investigación y desarrollo de Provita, Tina Oliveira señala que la explotación del AMO, en los términos que están planteados, tiene terribles implicaciones debido a su gran extensión, pues lleva consigo cambios en la cobertura vegetal, es decir, deforestación y eliminación de otros ecosistemas no boscosos, cambios en el curso de los ríos, así como en su calidad del agua, aumento de las emisiones de contaminantes para la atmósfera, el agua, el suelo y el subsuelo, contaminación de las especies y su extinción. Todo ello repercutirá negativamente en la economía y recursos del país, que ya ha vivido las graves consecuencias de la sequía –traducida en falta de agua y dramáticos cortes eléctricos –, fenómeno que se acrecienta con la deforestación y que por tanto puede llegar a tener dimensiones catastróficas.

La contaminación de la fauna también debe tenerse en cuenta; Yezenia Frontado agrega que muchos procesos de extracción de minerales usan productos químicos, como ácidos y cianuros, que los peces terminan consumiendo y pasan a formar parte de la cadena alimentaria llegando a los seres humanos con consecuencias como enfermedades “que pueden llegar a ser graves y mortales”.

Por lo tanto, el fin de un sistema “económico-productivo, diversificado e integrado funcional y territorialmente” por medio de la minería es poco probable, dado que no están claros los procesos de consulta, evaluación y selección de empresas, al igual que de integración con el contexto socioambiental de la región, señala Oliveira. “Se desconocen cómo se llevará a cabo ese proceso de integración armoniosa de estas actividades, las comunidades humanas y el ambiente; tampoco están claros los procesos que permitirán asegurar el uso transparente de los recursos generados y evitar la corrupción altamente reseñada e incluso reconocida en el ámbito gubernamental del país”, dijo.

Derecho humano de los pueblos indígenas a la consulta, obviado

Según la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las actividades de extracción representan quizás la mayor amenaza al pleno goce de los derechos humanos de los pueblos indígenas y las comunidades rurales. En este sentido, la legislación venezolana, en concordancia con el derecho internacional, exige previa información, consulta y consentimiento de las comunidades ante trabajos mineros que puedan alterar su desarrollo integral, bien sea en recursos, alimentación o ambiente. Incluso, según Oliveria, se plantea la retribución monetaria a las comunidades.

“Desde el punto de vista de los derechos de los pueblos originarios, como también se les nombra en algunos documentos, la declaración de la Zona de Desarrollo Estratégico Nacional Arco Minero del Orinoco viola y desconoce derechos reconocidos en nuestra legislación”, señala, puesto que no se llevó a cabo una consulta real a los habitantes de la zona en la que verdaderamente se les explicase en qué consiste el mega proyecto minero que se está desarrollando ni se les involucró en ninguna parte de la toma real de decisiones.

En relación a esto, Frontado recalca la violación e irrespeto al sano ambiente en la vida de las comunidades, dado que el mismo les proporciona una serie de bienes y servicios ambientales como lo son la provisión de agua, alimento, oxígeno, árboles y plantas que les proporcionan, comida, sombra e incluso medicinas. “Las casas de muchas de estas comunidades son construidas gracias a las bondades de la naturaleza, los animales y su biodiversidad se mantienen gracias a la protección que les brinda el entorno y además, esas comunidades hacen ancestralmente un uso sustentable de los recursos”, dijo.

En cualquiera de los casos, Oliveira agrega que no es posible pensar en extracción minera sin impacto sobre las comunidades que viven en la zona. En todo caso, indica que lo que podría hacerse es reducir y en algunos casos, mitigar, los efectos negativos que, de acuerdo a la experiencia mundial, son muchísimos. También informa que uno de los problemas asociados, en particular, con la minería de oro es que emplea mercurio o cianuro. “El primero tiene impacto directo sobre las poblaciones humanas y el ambiente. El segundo, podría parecer menos tóxico, pero hace apenas unos meses, en Brasil, se tuvo la experiencia más reciente con lagunas de oxidación de cianuro que, por falta de mantenimiento, cedieron, de modo que el cianuro llegó al río y generó la muerte casi instantánea de toda la vida contenida en él”.

También señala que la entrada de mineros en territorios indígenas genera problemas sociales debido a la introducción de violencia y enfermedades, especialmente en el caso de la minería ilegal, ya que en muchos casos los mineros están armados y se generan enfrentamientos con las comunidades indígenas por el control de sus territorios o bien por la esclavización de integrantes de las mismas para actividades mineras.

Ante la situación, la recomendación de las expertas se centra en iniciar un proceso de consulta con las comunidades indígenas, expertos y con la sociedad civil venezolana en general, al igual que en la necesidad de racionalizar las actividades mineras en el país. Sin embargo, según el último informe sobre el estado de los derechos humanos en el mundo de Amnistía Internacional en su capítulo dedicado a Venezuela, en el país no hay disposiciones legales que garanticen y regulen la consulta a los pueblos indígenas sobre cuestiones que afecten a sus medios de vida.

La sobrevivencia de los pueblos indígenas está estrechamente ligada a la conservación del medio ambiente.

Otros derechos humanos violentados a través del decreto del Arco Minero

Oliveira señala que la declaración del AMO desconoce derechos no solo de los pueblos indígenas, sino de los trabajadores y trabajadoras que participan en las actividades de minería, así como de la comunidad en general y de defensores y defensoras de derechos humanos, contraviniendo múltiples leyes nacionales e internacionales. Específicamente, el decreto del Arco Minero en su artículo 25 prohíbe y penaliza el ejercicio de los derechos a la reunión, manifestación pacífica y a la huelga, al establecer que “…ningún interés particular, gremial, sindical, de asociación o grupos, o sus normativas, prevalecerá sobre el interés general en el cumplimiento del objetivo contenido en el presente decreto…”. Esto trasgrede lo establecido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, al convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a libertad sindical, y a los artículos 53, 68 y 97 de la Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela.

El Estado venezolano debe hacer valer la evaluación ambiental previa a todo trabajo minero, los cuales deben ser revisados y avalados por el Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas; en ellos se considera tanto aspectos físiconaturales, como socioeconómicos y de ingeniería, desde su fase conceptual hasta el proceso de seguimiento y supervisión ambiental.

 

 Finalmente, es indispensable recordar que la salud de los ecosistemas y de sus habitantes, sean animales, plantas o seres humanos, así como los derechos humanos, siempre debe ser más importante que los intereses económicos a corto plazo. Venezuela tiene muchos otros potenciales que pueden ser explotados más allá de la minería, como el turismo, para colaborar con nuestra economía de una manera sustentable que garantice el bienestar en los años venideros.