Los cambios propuestos amenazan el derecho a un juicio justo y otorgan poder a los funcionarios que cometen abusos
El Parlamento egipcio debe rechazar una propuesta de anteproyecto de ley que sustituiría al Código de Procedimiento Penal de 1950. Así lo han manifestado hoy Amnistía Internacional, Dignidad, Human Rights Watch y la Comisión Internacional de Juristas. Si se promulga, el anteproyecto de ley socavaría las salvaguardias, ya debilitadas, relativas a la celebración de juicios justos en Egipto, y otorgaría más poder a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que cometen abusos.
“En lugar de aprovechar la oportunidad para introducir las tan necesarias protecciones y salvaguardias a los derechos humanos de las personas detenidas y acusadas y poner fin a la detención arbitraria, los legisladores egipcios parecen decididos a perpetuar los mismos marcos que facilitan las violaciones de derechos humanos cometidas tanto en el pasado como en la actualidad”, ha manifestado Said Benarbia, director del programa para Oriente Medio y el Norte de África de la Comisión Internacional de Juristas. “Las modificaciones incluidas en el borrador constituyen una burla al denominado Diálogo Nacional entre el gobierno y la oposición, y a las preocupaciones de las víctimas, los representantes de la sociedad civil y tanto los órganos como los expertos independientes de las Naciones Unidas.”
El gobierno egipcio propuso el borrador de Código de Procedimiento Penal, que el Subcomité de Asuntos Constitucionales y Legislativos del Parlamento egipcio examinó en agosto y aprobó en septiembre. El último borrador del anteproyecto de ley, que algunos sitios web de noticias progubernamentales han publicado, sustituiría al Código de Procedimiento Penal de 1950, aunque mantendría algunas de sus disposiciones.
El borrador de Código de Procedimiento Penal no cumple las normas internacionales de derechos humanos, y tendrá un impacto catastrófico en los derechos de las personas acusadas tanto antes del juicio como en su transcurso.
Mahmoud Shalaby, Amnistía Internacional
Fuentes de medios de comunicación progubernamentales han declarado que el borrador se elaboró en respuesta a las recomendaciones del denominado Diálogo Nacional de Egipto de 2023, en cuyo contexto las autoridades mantuvieron largos debates con figuras de la oposición y la sociedad civil sobre presos y presas políticos y el uso abusivo de la prisión preventiva, entre otros temas. No obstante, el borrador no cumple las normas y el derecho internacional de los derechos humanos al: i) no poner fin al uso generalizado por parte de las autoridades egipcias de una prisión preventiva abusiva para castigar a quienes exponen críticas; ii) perpetuar la impunidad para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley; y iii) afianzar la autoridad y las facultades de la fiscalía de una manera que podría facilitar nuevas violaciones del derecho a un juicio justo.
Está previsto que el anteproyecto de Código de Procedimiento Penal se debata en sesiones plenarias en el Parlamento, y podría aprobarse en una fecha tan temprana como octubre de 2024. Durante la presidencia de Abdel Fattah al Sisi, el Parlamento egipcio, dominado por miembros progubernamentales, ha aprobado con frecuencia leyes propuestas por el gobierno.
El deficiente borrador de Código de Procedimiento Penal ha desatado críticas generalizadas, entre ellas del Sindicato de Periodistas y del Sindicato de Abogados. Ambos, por separado, han declarado que la reforma propuesta contiene numerosas disposiciones “inconstitucionales” y socava el derecho a la defensa, la función de los abogados y el principio de un juicio justo público.
“El borrador de Código de Procedimiento Penal no cumple las normas internacionales de derechos humanos, y tendrá un impacto catastrófico en los derechos de las personas acusadas tanto antes del juicio como en su transcurso”, ha manifestado Mahmoud Shalaby, investigador de Amnistía Internacional sobre Egipto.
“No garantiza el derecho de las personas detenidas a comparecer ante un juez sin demora, en un plazo máximo de 48 horas desde el momento del arresto, para que se resuelva sobre su detención. Además, la reforma autorizaría a los fiscales a tomar decisiones cruciales sobre la comparecencia de testigos de la defensa, y les permitiría realizar interrogatorios sin la presencia de los abogados defensores si se considera ‘necesario para revelar la verdad’.”
Las autoridades egipcias han modificado el Código de Procedimiento Penal en numerosas ocasiones en las últimas décadas —incluso bajo el gobierno actual— para socavar la independencia judicial y el Estado de derecho, erosionar aún más las normas internacionales sobre juicios justos y aumentar su represión de la disidencia política. Desde 2013, las autoridades egipcias han politizado el poder judicial y han desmantelado las garantías sobre la independencia judicial, el Estado de derecho y las garantías de juicio justo para utilizar al poder judicial en una campaña nacional para reprimir la disidencia pacífica. Al afianzar aún más el poder de los fiscales, el borrador de Código de Procedimiento Penal hace caso omiso de la complicidad de éstos en la práctica generalizada de detención arbitraria, tortura y otros malos tratos, y desaparición forzada.
Ciertas disposiciones propuestas, si se promulgan tal como están formuladas actualmente, reducirían los periodos de prisión preventiva. Sin embargo, los límites revisados seguirían siendo indebidamente largos, y el borrador no frena el poder actual de los fiscales para ampliar la prisión preventiva abusiva sin supervisión judicial, incluso formulando contra las personas detenidas que están en prisión preventiva cargos similares en causas nuevas, en una práctica a la que se denomina habitualmente “rotación” o “reciclado”. El borrador de Código de Procedimiento Penal no cumple la obligación internacional contraída por Egipto de garantizar que la prisión preventiva se utiliza únicamente como excepción, no como norma, y sólo cuando es necesario y proporcionado para lograr objetivos admisibles, como la protección de pruebas o la seguridad pública.
El Código de Procedimiento Penal propuesto también incluye disposiciones que codifican y amplían el uso de un sistema de videoconferencia para las vistas fiscales y judiciales, un sistema que ha socavado las garantías de juicio justo y ha dificultado a los funcionarios judiciales evaluar el bienestar de las personas acusadas, lo que ha dejado a éstas más expuestas a sufrir abusos bajo custodia, incluso como consecuencia de condiciones de reclusión abusivas. Además, el borrador mantiene disposiciones que perpetúan la impunidad para abusos cometidos por agentes de seguridad restringiendo el derecho de las víctimas a hacer que los funcionarios rindan cuentas de los crímenes internacionales de tortura y desaparición forzada que son generalizados en Egipto.
“El Código de Procedimiento Penal propuesto no aborda el abuso, por parte de las autoridades, de la prisión preventiva, y perpetúa su uso arbitrario como herramienta punitiva”, ha manifestado Grant Shubin, asesor jurídico de Dignidad.
“La desvergonzada audacia de las autoridades egipcias al celebrar este anteproyecto de ley muestra hasta qué punto este gobierno opresivo se ha distanciado de las normas internacionales de derechos humanos más básicas, y refleja la capacidad de las agencias de seguridad de convertir sus prácticas abusivas en ley sin apenas resistencia de las instituciones del Estado.”
La Comisión Internacional de Juristas, Amnistía Internacional, Dignidad y Human Rights Watch piden a las autoridades egipcias que retiren el anteproyecto de ley de Código de Procedimiento Penal propuesto y elaboren un nuevo borrador conforme a las normas internacionales de derechos humanos y manteniendo una consulta auténtica y transparente con grupos no gubernamentales tanto egipcios como internacionales, expertos independientes, víctimas y abogados.
El análisis en profundidad realizado por Amnistía Internacional sobre el borrador del Código de Procedimiento Penal está disponible aquí.
Tags: EGIPTO, DERECHOS HUMANOS, SEGURIDAD HUMANA, LIBERTAD DE EXPRESIÓN.
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