Amnistía Internacional celebra la decisión del 27 de enero de 2022 de la Corte Constitucional, tribunal máximo de Ecuador, que confirma la violación “de los derechos a la consulta previa, a la naturaleza, al agua, al medio ambiente sano, a la cultura y al territorio, así como las medidas de reparación integral”, del pueblo indígena A’i Cofán de la comunidad Sinangoe en relación con concesiones mineras que afectaron su territorio ancestral sin su consentimiento libre, previo e informado. El 3 de diciembre de 2021, Amnistía Internacional había presentado ante la Corte un memorial en derecho como amicus curiae en relación con este caso.
En su sentencia, la Corte Constitucional determinó que toda consulta previa, para cualquier plan o programa que pueda afectar los derechos e intereses de los pueblos indígenas, implica la obligación del Estado de (i) acomodar el plan o proyecto consultado, (ii) adoptar decisiones razonadas con base en los resultados de la consulta y (iii) no exigir sacrificios desproporcionados a las comunidades indígenas que no sean proporcionales en una sociedad democrática, además de cumplir con los estándares internacionales sobre el consentimiento libre, previo e informado. La Corte también reconoció que “la obligación de la consulta previa no se refiere únicamente a aquellos planes o proyectos que se encuentren dentro las tierras de las comunidades o pueblos indígenas (entendiendo tierras en el sentido amplio […] sino también sobre aquellos que, aun sin estar en sus tierras, puedan afectarles ambiental o culturalmente de forma directa por estar dentro de su ámbito de influencia”.
Finalmente, la Corte estableció que “ante casos excepcionales donde se opte por la ejecución del proyecto aun cuando no exista el consentimiento de la comunidad, el Estado deberá, por un lado, motivar expresamente las razones por las que no ha sido posible acomodar el proyecto o modificarlo de acuerdo a las preocupaciones, demandas y propuestas expresadas por las comunidades que ser an afectadas, respondiendo así su negativa. Y por otro lado, establecer expresamente las razones objetivas, razonables y proporcionales que justifican la continuidad del proyecto pese a su oposición mayoritaria de la comunidad o comunidades respectivas, recordando que bajo ningún concepto se puede realizar un proyecto que genere sacrificios desmedidos a los derechos colectivos de las comunidades y de la naturaleza.”
Comunidades y organizaciones indígenas de la Amazonía ecuatoriana y la Alianza por los Derechos Humanos de Ecuador han liderado la campaña internacional Quiénes deben decidir. El 18 de enero de 2022, entregaron más de 365 mil firmas a la Corte Constitucional pidiéndole proteger el derecho de los pueblos indígenas a decidir sobre el futuro de sus territorios ancestrales. Se espera que, este año, la Corte Constitucional resuelva sobre el caso del pueblo Waorani de Pastaza en relación con concesiones petroleras en su territorio. Ante los planes del gobierno del presidente Lasso de incrementar la producción petrolera y minera en el país, y derrames petroleros como los ocurridos el 7 de abril de 2020 y el 28 de enero de 2022 en la Amazonía ecuatoriana, Amnistía Internacional reafirma su compromiso de continuar acompañando a los pueblos indígenas de la región en la defensa de sus derechos humanos y el combate a la crisis climática. El otorgamiento de concesiones mineras, petroleras y de otro tipo de megaproyectos sin el consentimiento de los pueblos indígenas afectados es una violación de derechos humanos constante en las Américas que afecta a toda la población.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Las violaciones de derechos humanos confirmadas por la Corte Constitucional ya habían sido determinadas en las sentencias de primera y segunda instancias, después de que el pueblo A’i Cofán de Sinangoe iniciara un proceso judicial en 2018 contra el Estado ecuatoriano por haber otorgado 20 concesiones mineras y estar tramitando otras 32 sin su consentimiento, en violación a sus derechos al consentimiento libre, previo e informado y otros de sus derechos humanos y de la naturaleza. La sentencia de primera instancia, emitida en agosto de 2018, reconoció “que existía contaminación en el agua de los ríos que son parte del territorio de la comunidad Sinangoe”. Adicionalmente, en noviembre de 2018, la sentencia de segunda instancia ordenó dejar sin efecto jurídico las concesiones otorgadas y suspender definitivamente las que se encontraban pendientes y en trámite. En 2019, la Corte Constitucional decidió analizar el caso para establecer jurisprudencia al respecto.
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